Miércoles, 1 de Mayo de 2024

Sigue el entuerto PRO-UCR en Avellaneda

Disconformes con el armado de listas, desde la UCR patearon el tablero y arrojaron munición pesada contra la candidata a Intendenta del distrito, Gladys González, diputada del PRO. Dicen que no cumple con el año de residencia en el distrito que requiere la Constitución Provincial e impugnaron su postulación ante la Junta Electoral partidaria.

08-07-2015


El radicalismo de Avellaneda, en las últimas, subió la apuesta y llevó el pleito con el PRO a un plano más elevado. El centenario partido, enojado con la imposibilidad de presentar un candidato propio y el reparto de concejales en la lista de consenso final, impugnó la postulación de Gladys González, diputada nacional del macrismo.

La acusan de acreditar "de manera testimonial su residencia" en el distrito, y no como exige la Constitución Provincial. Es así como Patricia Pena, afiliada a la Unión Cívica Radical, avanzó con una presentación ante la Junta Electoral partidaria -a través de la abogada Silvia Morzeris- para bajarla a González de la contienda porque dudan de su domicilio real.

Para la Carta Magna no es suficiente con el domicilio, sino que es necesario acreditar los años de residencia en el lugar.

"Falta la residencia de la precandidata, acompañamos esta presentación y la Justicia Electoral deberá dirimir el tema. La residencia no se puede acreditar de manera testimonial, su familia no está en la ciudad de Avellaneda. Hay una clara diferencia entre domicilio electoral y la residencia", explicó la concejala Miriam Graiño y precisó que el pedido está amparado en el artículo 191 de la Constitución Bonaerense.

A través de un comunicado, los dirigentes y militantes del radicalismo argumentaron en el mismo sentido y señalaron, particularmente, que esta impugnación es porque "no cumple con el año de residencia en el distrito previo a las elecciones al que obliga la Constitución Provincial en su artículo 191 inciso 3".

El comunicado de la UCR avellanedense:

Gladys Esther González, no es vecina de la ciudad de Avellaneda y deliberadamente ha cambiado su domicilio hace menos de un año a la Avenida Belgrano 370 2 piso F de la mencionada ciudad. En reiteradas ocasiones se ha señalado que lo que exige la Constitución Provincial en primer término para ser intendente es residencia y no domicilio. Entre estos dos conceptos hay una clara distinción domicilio electoral no es lo mismo que la residencia. El primero se establece por el último anotado en el Documento habilitado para votar, en cambio la residencia exigida por la Constitución provincial podrá ser acreditada por cualquier medio de prueba, excepto la testimonial, siempre que figuren inscriptos en el registro de electores del distrito que corresponda. Y es aquí donde toma sustento la presente impugnación, porque a pesar que el domicilio electoral constituye una presunción iuris tantum a los efectos de acreditar la residencia la diputada González no vive en la Ciudad, no tiene ánimo de hacerlo (ya que su hogar conyugal es en CABA) con el agravante que esa inscripción no reúne el requisito de un año que resulta indispensable para la oficialización de la candidatura. La interrelación entre ambos conceptos a todas luces no reúne los extremos requeridos respondiendo claramente a las necesidades del armando político de Mauricio Macri, que al no tener una figura relevante en el distrito, ha tomado la unilateral decisión de traer una foránea para representar los destinos de la ciudad, violando con absoluta claridad la Constitución de la Provincia de Buenos Aires.

Gladys, por su parte, dijo no estar al tanto de la presentación en su contra.


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